Organización y patrocinio de eventos culturales podrán deducirse en pago del impuesto a la renta

Demostración de parte de la cultura popular en el Parque Calderón de la ciudad de Cuenca.

Con la suscripción de un acuerdo del Ministerio de Cultura y Patrimonio (MCYP), las diferentes empresas privadas de Ecuador pueden beneficiarse con un 50% extra al pago del impuesto a la renta a través del apoyo a la organización y patrocinio de eventos culturales y artísticos.

Con la emisión del Acuerdo Ministerial MCYP-MCYP-20-0003-A y su reforma Acuerdo Ministerial MCYP-MCYP-2021-0048-A, se estableció la norma técnica para la emisión de avales y certificaciones para acceder a la deducibilidad del 50% adicional del pago del impuesto a la renta, en la organización y patrocinio de eventos artísticos o culturales, señala la información del Ministerio de Cultura.

Las personas naturales y jurídicas, obligadas a llevar contabilidad, pueden acceder a este beneficio tributario cuando entreguen recursos monetarios y/no monetarios para el efecto.

En ese sentido, y con el fin de otorgar este incentivo a su patrocinador, los artistas, promotores, técnicos, gestores, realizadores, entre otros, acreditados en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC) y empresas cuyas actividades económicas estén relacionadas con la cultura y las artes y que realicen eventos, podrán realizar este proceso de aval y certificación en el Ministerio de Cultura y Patrimonio.

El beneficio tributario se enmarca en la reforma al Reglamento para la aplicación de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria, artículo 13, así como en lo establecido en la Ley Orgánica de Cultura y es parte de las medidas gubernamentales de fomento a las artes, la cultura y la innovación, Art. 118.

1 comentario en «Organización y patrocinio de eventos culturales podrán deducirse en pago del impuesto a la renta»

  1. Gerardo Machado | el 2021-09-09 a las 22:34 | Responder

    Excelente

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