Frente Cultural del Azuay denuncia arbitrariedades e ilegalidades en proceso electoral de Casa de la Cultura Azuaya

Gerardo Machado, candidato a director de la Casa de la Cultura Núcleo del Azuay, saluda a la ministra de Cultura y Patrimonio, María Elena Machuca, antes de entregarle la documentación de la denuncia.

Tras una larga cadena de “arbitrariedades e ilegalidades” en el proceso de elecciones del nuevo Directorio de la Casa de la Cultura Núcleo del Azuay, adjudicadas al director saliente y candidato a la reelección, Martín Sánchez, y a su entorno de apoyo, el candidato del Frente Cultural del Azuay, Gerardo Machado, apeló la descalificación de su lista ante la Comisión Electoral Nacional, sin perjuicio de poner el caso a investigación de la justicia ordinaria a través de una acción de Amparo Judicial para la sanción a los responsables.

Varios son los desafueros denunciados por el recurrente a través de sus asesores jurídicos y en conversaciones con algunos medios de comunicación, poniendo énfasis en lo siguiente:

La Junta Electoral Provincial presidida por el abogado Thelmo Tello Tapia basó la descalificación en un impedimento registrado en el Ministerio del Trabajo ante un “abusivo” pedido del SRI  “por falta de pago de una multa ínfima por no declarar una transacción en ejercicio de una actividad particular”.

Pese a que la subsanación se presentó oportunamente, acompañada de las certificaciones de pago, la Junta Electoral se mantuvo en su decisión arguyendo que las certificaciones eran formularios simples y sin credibilidad por no tener ninguna firma de responsabilidad, lo que denuncia desconocimiento de la “Ley de Comercio Electrónico, así como la Ley Orgánica de la Función Judicial (artículo 147), a más de las previsiones contenidas en el Código Orgánico Administrativo, COA, que trata del gobierno, sede, información y servicios electrónicos (artículos 90 y siguientes)”. Solo tenían que constatar el pago en línea, y listo.

Otro de los candidatos, el musicólogo Wilmer Jumbo, fue descalificado por el hecho de estar jubilado de la docencia universitaria, violentando su derecho a la participación.

Se hace evidente, “desde nuestro punto de vista, que la Junta Electoral desplazó, consciente y deliberadamente, la candidatura de nuestro Frente Cultural”, porque sus miembros fueron nombrados por el entonces director Martín Sánchez, asunto que le correspondía a la Asamblea General, considerando a los nominados por los grupos interesados. Además, los designados no dieron su aceptación por escrito.

Entonces el proceso electoral en curso se encuentra viciado desde un comienzo.

a) El padrón electoral fue conformado por el director saliente, no por el Directorio, como lo obliga el artículo 29. A pesar que no existe el acta de convocatoria ni de resolución, el listado ha sido enviado a la Sede Nacional institucional, como si se hubiese dado debida atención a la norma reglamentaria correspondiente.

b) Entre los empadronados constan nombres de personas fallecidas y de otras cuyos nombres no se acompañan del número de cédula de identidad.

c) Muchos de los gestores culturales cuyos nombres constan en el padrón electoral no presentaron la solicitud para integrarse, con 90 días de anticipación, ni presentaron materialmente el certificado del Ministerio de Cultura como pertenecientes al Registro Único de Actores Culturales (Ruac), como lo manda el artículo 29 del Reglamento. Este tema es de vital importancia en el examen del proceso electoral en curso, porque, además del incumplimiento reglamentario, suscitaría una indebida participación de aquellos, como electores a favor del candidato a la reelección.

d) La Junta no convocó oportunamente la intervención de veedores del Consejo Nacional Electoral y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, como lo obliga el artículo 30

e) La participación del director saliente no guarda armonía con el principio de alternancia, ordenado por el segundo inciso del artículo 96 de la Constitución de la República, aparte de que su gestión ha sido públicamente cuestionada en los medios locales, por falta de transparencia.

f) No se despacharon, con lealtad y propiedad, nuestras sucesivas peticiones de que se nos entreguen los documentos que pondrían en evidencia la transgresión de las normas reglamentarias aplicables, entre las cuales el propio padrón electoral y las variaciones producidas sobre su contenido, ni las acreditaciones de la Secretaria institucional, que las pone en evidencia.

Remata la serie el presidente de la Junta Electoral, Thelmo Tello Tapia, con la “notificación” que niega la impugnación del Frente Cultural del Azuay a la candidatura oficial por las incorrecciones citadas y por los vicios administrativos y económicos en los cuatro años al frente de la institución.

La “notificación” que evidencia, o bien una mala intención manifiesta, o un descuido derivado de la falta de profesionalismo, está dirigida a una organización que no nos corresponde, “Colectivo Plural Plataforma Cultural”, y señala a una persona desconocida, el señor “Marín Sánchez Paredes”. Además se trata de un escrito en papel simple y sin firma de responsabilidad, es decir es inexistente y causa de nulidad del proceso.

DOCUMENTO DE APELACIÓN

ABRIR AUDIO

1 comentario en «Frente Cultural del Azuay denuncia arbitrariedades e ilegalidades en proceso electoral de Casa de la Cultura Azuaya»

  1. Thelmo Tello Tapia | el 2021-08-02 a las 08:47 | Responder

    Buenos días, respecto de lo mencionado es importante mencionar que cada una de las listas han tenido el tiempo suficiente para armar y revisar los requisitos y las inhabilidades, situación que el frente cultural no ha podido subsanar.
    Pero han sido invitados el día lunes 2 de agosto de 2021 a las cinco de la tarde a dialogar respecto de los puntos específicos por los que no fueron calificados y respecto de la impugnación presentada al señor ex presidente de la Casa de la Cultura Núcleo del Azuay.
    Es un diálogo abierto que será público y cualquier persona que quiera asistir lo podrá hacer directamente.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.


*